ASIGNACIÓN POR MUERTE DE RENTAS VITALICIAS
Las personas que están pensionadas por vejez o invalidez en una Compañía de Seguros.
La Asignación por Muerte de Rentas Vitalicias corresponde a UF15, y serán pagadas según la modalidad de renta vitalicia contratada:
- Renta Vitalicia Inmediata: La Asignación por Muerte será pagada por la Compañía de Seguros de Vida.
- Renta Vitalicia Temporal Diferida: La Asignación por Muerte será pagada por la institución que al momento del fallecimiento era la encargada de pagar la pensión.
- Renta Vitalicia con Retiros Programados: En esta modalidad la Asignación por Muerte se divide entre la AFP y la Compañía de Seguros de Vida. El pago que realiza cada entidad corresponde a la proporción del saldo destinado a cada modalidad, la suma de ambos pagos tendrá un tope de 15 UF.
Cualquier persona que acredite haberse hecho cargo de los gastos de los servicios funerarios, demostrándolo ante la entidad pagadora, con una boleta o factura.
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